El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: La actualización de información del Instituto Universitario Francisco de Asís, correspondientes a los trienios 2006-2009 y 2009-2012, presentados ante esta Secretaría de Estado.
RESULTANDO: I) Dicha actualización incluye información relativa a los aspectos financieros-contables, institucionales, y a los académicos para las carreras de Licenciatura en Psicología (Plan 2002), Licenciatura en Administración y Dirección de Empresas (Plan 2001), Licenciatura en Turismo (Plan 2002), y Contador Público (Plan 2004).
II) Luego de los estudios correspondientes por parte del Área de Educación Superior, se sugiere dar por finalizada las actualizaciones correspondientes a los trienios 20062009 y 2009-2012 con el fin de dar seguimiento al desarrollo institucional mediante el proceso de actualización establecido en el artículo 17 del Decreto 104/014, correspondiente al año 2015.
CONSIDERANDO: I) El estudio de la actualización de información correspondiente al trienio 2006-2009 se realizó en forma conjunta con la actualización de información correspondiente al trienio 2009-2012.
II) Se ha realizado el análisis correspondiente por parte del AES de toda la documentación presentada para ambas actualizaciones, y que del informe de los aspectos económicos surge que "El Instituto estima que en el período 2014-2016 se obtengan fondos suficientes para hacer frente a sus obligaciones. A pesar de esta estimación y en base a la información analizada en este informe, surgen contradicciones entre la información presentada y los criterios aplicados para realizar la estimación no son claros. En base a lo anterior y teniendo en cuenta que en el presente año la Institución debe actualizar la información nuevamente ante el Ministerio de Educación y Cultura (que incluye los ejercicios 2012, 2013 y 2014), se propone cerrar las actualizaciones 2006 y 2012. Se le recomienda que la Institución presente los balances contables completos del año 2012, 2013 y 2014 confeccionados de acuerdo a la normativa vigente. En lo que respecta a la proyección, el Instituto debe presentar un flujo de fondos para el período 2015 a 2019 utilizando el criterio de efectivo. Se deben detallar específicamente los supuestos utilizados incluyendo cantidad de alumnos por carrera y por año."
III) Que el Área de Educación Superior entiende que la actualización de información correspondiente al trienio 2012-2015 deberá dar especial seguimiento a los aspectos contables, y al personal docente de cada una de las carreras verificando los CV completos de cada uno de los docentes nuevos, y constatando que el plantel docente de cada carrera reconocida cumpla con los requisitos definidos en el artículo 15 del Decreto 104/014.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto 308/995 de 11 de agosto de 1995 y sus modificativos y Decreto 309/002 de 9 de agosto de 2002, y a la Resolución Ministerial 748/14 de 7 de agosto de 2014.
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
en ejercicio de atribuciones delegadas
RESUELVE:
1
TÉNGASE presente y por cumplida la obligación de actualización de información dispuesta por el artículo 15 del Decreto 308/995, presentada por el Instituto Universitario Francisco de Asís, correspondiente a los períodos comprendidos entre los años 2006-2009 y 2009-2012 para los aspectos institucionales y para las carreras que se detallan a continuación: Licenciatura en Psicología (Plan 2002), Licenciatura en Administración y Dirección de Empresas (Plan 2001), Licenciatura en Turismo (Plan 2002), y Contador Público (Plan 2004).