El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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Autorízase a los fines indicados, la inversión de la suma de $ 20:644.975,56 (pesos uruguayos veinte millones seiscientos cuarenta y cuatro mil novecientos setenta y cinco con cincuenta y seis centésimos), la que se discrimina de la siguiente manera: $ 15:549.428,00 (pesos uruguayos quince millones quinientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos veintiocho) para Obras, $ 3:420.874,16 (pesos uruguayos tres millones cuatrocientos veinte mil ochocientos setenta y cuatro con dieciséis centésimos) para I.V.A., y $ 1:674.673,40 (pesos uruguayos un millón seiscientos setenta y cuatro mil seiscientos setenta y tres con cuarenta centésimos) para Leyes Sociales.
Dicha erogación, más los Mayores Costos resultantes, se atenderán con cargo a la Ley N° 19.355 de fecha 19 de diciembre de 2015, Inciso 10, Unidad Ejecutora 003, Programa 362, Proyecto 750, Financiación 1.1. Rentas Generales y 2.1 Endeudamiento Externo para Proyectos Específicos.