VISTO: La solicitud de la firma MONTEFOR S.A. tendiente a obtener la
declaratoria promocional para la actividad que se propone realizar según
su proyecto de inversión y la concesión de diversos beneficios
promocionales.
RESULTANDO: I) Que el proyecto presentado tiene como cometido la
construcción de un hotel con 61 habitaciones, sala de conferencias y
eventos, restaurante y bar, business center, spa, sauna, piscina, etc.
II) Que la Comisión de Aplicación creada por el artículo 12 de la Ley Nº
16.906 de 7 de enero de 1998, recomienda la declaratoria promocional para
la actividad del proyecto de inversión presentado por MONTEFOR S.A. y
propone medidas promocionales.
CONSIDERANDO: Que el proyecto presentado por la firma MONTEFOR S.A., de
acuerdo con lo informado por el Ministerio de Turismo y Deporte, es viable
técnica, financiera y económicamente.
ATENTO: A lo expuesto y a lo establecido en los Decretos Nº 175/003 del 7
de mayo de 2003, Nº 350/004 de 29 de setiembre de 2004 y Nº 262/005 de 29
de agosto de 2005.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase promovido, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la
Ley Nº 16.906 de 7 de enero de 1998 e inciso a. del artículo 1º del
Decreto Nº 175/003 del 7 de mayo de 2003, el proyecto de inversión
presentado por la empresa MONTEFOR S.A. para la construcción de un hotel,
por un monto total de inversión de U$S 3:406.851 (dólares americanos tres
millones cuatrocientos seis mil ochocientos cincuenta y uno) a construirse
en Montevideo, en el predio ubicado en la calle Fco. Solano García 2473
entre José Ellauri y Miñones.