Exonérase a la firma referida del total de recargos, incluso el mínimo,
Impuesto Aduanero Unico a la Importación, tasa de movilización de bultos,
gastos y tasas consulares, proventos y tasas portuarias y demás tributos
que se apliquen en ocasión de la importación de los bienes mencionados
(Artículo 8º, literales A) y D) de la ley 14.178). (*)