DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. MONTEVIDEO




Promulgación: 23/08/1996
Publicación: 20/09/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 272

2

   El inmueble queda afectado por la siguiente servidumbre: a) prohibición
de realizar cualquier modificación arquitectónica que altere las líneas,
el carácter o la finalidad del edificio, b) destinar el edificio a usos
incompatibles con las finalidades de la presente declaratoria, c)
obligación de proveer a la conservación del inmueble y de efectuar las
reparaciones necesarias para ese fin, d) permitir las inspecciones que
disponga la Comisión del Patrimonio con fines de contralor.
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