APROBADO POR DECRETO N° 150/012




Promulgación: 11/05/2012
Publicación: 17/05/2012
Aprobado/a por: Decreto Nº 150/012 de 11/05/2012 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Decreto Nº 150/012, artículo 3:
 ver referencias normativas al TOCAF 1996
Referencias a toda la norma

TITULO I - DE LOS RECURSOS DEL ESTADO, FUENTES DE FINANCIAMIENTO Y GASTOS DEL ESTADO
CAPITULO III DE LA COMPETENCIA PARA GASTAR Y PAGAR DE LAS FORMAS DE CONTRATAR
SECCIÓN 2 DE LOS CONTRATOS DEL ESTADO

Artículo 60

   El Programa de Contratación Pública para el Desarrollo a que refiere el artículo anterior, incluirá, entre otros:
A.     Subprograma de Contratación Pública para el Desarrollo de las
       Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, que estará bajo la 
       coordinación del Ministerio de Industria, Energía y Minería, a 
       través de la Dirección Nacional de Artesanías, Pequeñas y Medianas
       Empresas.
B.     Subprograma de Contratación Pública para el Desarrollo de Pequeños
       Productores Agropecuarios, que estará bajo la coordinación del 
       Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
C.     Subprograma de Contratación Pública para el Desarrollo
       Científico-Tecnológico y la Innovación, que estará bajo la   
       coordinación de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación.
   El Poder Ejecutivo reglamentará los subprogramas referidos en los
literales precedentes y definirá la participación de cada uno de ellos en
el monto total previsto para el Programa de Contratación Pública para el
Desarrollo.
   Facúltase al Poder Ejecutivo a crear y reglamentar nuevos subprogramas,
definiendo su participación en el monto total previsto para el Programa de
Contratación Pública para el Desarrollo.

Fuente: ley 18.362 de 6/ oct/ 008, artículo 44.

(*)Notas:
Consulte derogaciones, modificaciones e incidencias en la/s Norma/s 
FUENTE: Ley Nº 18.362 de 06/10/2008 artículo 44.
Referencias al artículo
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