APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: No fue publicado
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TÍTULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERÉS GENERAL
Capítulo III - Exoneraciones genéricas en favor de bienes, personas e instituciones de derecho público

Artículo 61-T3

   Instituto Nacional de Colonización (INC).- Las tierras y edificios de propiedad del Instituto Nacional de Colonización (INC) y sus bienes en general, como asimismo las operaciones que efectúe, estarán exentas de Contribución Inmobiliaria y adicionales, sellos, timbres e impuestos en general.

   Estará exento también el Instituto Nacional de Colonización (INC), de sellados y cualquier clase de derechos e impuestos, en las actuaciones o gestiones en que intervenga, por sí o en representación de terceros ante los Tribunales y Juzgados de la República, o ante cualquier otra autoridad pública, y gozará de franquicias postal y telegráfica. (*)

   Fuente: Ley 11.029 de 12 de enero de 1948, artículo 129° (Texto
   integrado).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 337 - Título 3 y 352 - Título 3.
Referencias al artículo
Ayuda