TÍTULO 8 - IMPUESTO A LAS RENTAS DE LOS NO RESIDENTES (IRNR) Capítulo II - Hecho generador
Artículo 9-T8
Sujetos pasivos. Contribuyentes.- Serán contribuyentes de este impuesto las personas físicas y demás entidades, no residentes en territorio nacional, en tanto no actúen en dicho territorio mediante establecimiento permanente, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 4° del Título 4 de este Texto Ordenado, que regula el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE).
Fuente: Ley 18.083 de 27 de diciembre de 2006, artículo 9° (Texto
integrado).