APROBADO POR DECRETO LEY Nº 14.859




Promulgación: 15/12/1978
Publicación: 11/01/1979
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 14.859 de 15/12/1978.

Referencias a toda la norma

TITULO V - DE LAS OBRAS DE DEFENSA Y MEJORAMIENTO Y DISPOSICIONES
PREVENTIVAS
CAPITULO I - DE LA DEFENSA DE LAS AGUAS ALVEOS Y ZONAS ALEDAÑAS

Artículo 146

   Cuando el Ministerio competente permitiere las operaciones a que se
refiere el artículo anterior, podrá establecer los límites máximos dentro
de los cuales los cuerpos receptores podrán ser afectados por las
sustancias, energía o materiales mencionados, así como podrá imponer el
tratamiento previo de los efluentes para regenerar las aguas. (*)

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 253/979 de 09/05/1979.
Ver en esta norma, artículos: 145 y 203 (vigencia).
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