APENDICE NORMATIVOVer: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.
LIBRO CUARTO - DE LAS OBLIGACIONES PRIMERA PARTE - DE LAS OBLIGACIONES EN GENERAL TITULO III - DE LOS MODOS DE EXTINGUIRSE LAS OBLIGACIONES CAPITULO I - DE LA PAGA EN GENERAL SECCION I - DE LA PAGA
Artículo 1463
El deudor de especie determinada cumple con darla al plazo estipulado,
en el estado en que se halle, con tal que no haya incurrido en mora ni el
deterioro provenga de su hecho o culpa ni de las personas de que responde.