APROBADO POR LEY Nº 16.603




Promulgación: 19/10/1994
Publicación: 21/11/1994
Aprobado/a por: Ley Nº 16.603 de 19/10/1994.
Ver vigencia: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 652.

 APENDICE NORMATIVO
Ver: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
      Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.

LIBRO CUARTO - DE LAS OBLIGACIONES
SEGUNDA PARTE - DE LAS OBLIGACIONES QUE NACEN DE LOS CONTRATOS
TITULO XIV - DEL CONTRATO DE PRENDA

Artículo 2297

    La prenda confiere al acreedor el derecho de hacerse pago en la cosa
dada en prenda, con preferencia a los demás acreedores en caso de
concurso, con tal que medien las circunstancias requeridas en el Título
De la graduación de acreedores la graduación de acreedores.
    Pero entre acreedor y deudor o no tratándose de preferencia respecto
de tercero, la prueba del contrato de prenda seguirá las reglas generales.
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