APROBADO POR LEY Nº 16.603




Promulgación: 19/10/1994
Publicación: 21/11/1994
Aprobado/a por: Ley Nº 16.603 de 19/10/1994.
Ver vigencia: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 652.

 APENDICE NORMATIVO
Ver: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
      Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.

LIBRO PRIMERO - DE LAS PERSONAS
TITULO III - DEL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS

Artículo 45

   La posesión notoria del estado de matrimonio consiste principalmente en
haberse tratado los supuestos cónyuges como marido y mujer en sus
relaciones domésticas y sociales; y en haber sido cada uno recibido en ese
carácter por los deudos y amigos del otro y por el vecindario de su
domicilio en general.
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