APENDICE NORMATIVOVer: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.
LIBRO TERCERO - DE LOS MODOS DE ADQUIRIR EL DOMINIO TITULO II - DE LA ACCESION CAPITULO II - DE LA ACCESION RESPECTO DE LAS COSAS MUEBLES SECCION IV - REGLAS COMUNES A LAS TRES ESPECIES DE ACCESION EN COSAS
MUEBLES
Artículo 747
En todos los casos en que la cosa se hace común a los dueños de las
materias de que se ha formado, podrá licitarse en provecho de todos.