APENDICE NORMATIVOVer: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.
LIBRO TERCERO - DE LOS MODOS DE ADQUIRIR EL DOMINIO TITULO IV - DE LA SUCESION TESTAMENTARIA CAPITULO III - DE LA INSTITUCION DE HEREDERO SECCION II - DE LA SUSTITUCION
Artículo 867
La nulidad de la sustitución fideicomisaria no perjudica a la
validez de la institución de heredero ni a los derechos del primer
llamado. (*)