APENDICE NORMATIVOVer: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.
LIBRO TERCERO - DE LOS MODOS DE ADQUIRIR EL DOMINIO TITULO IV - DE LA SUCESION TESTAMENTARIA CAPITULO III - DE LA INSTITUCION DE HEREDERO SECCION II - DE LA SUSTITUCION
Artículo 868
No se entiende contener sustitución, la disposición en que el
testador deja la propiedad a uno y el usufructo a otro u otros, con
sujeción a lo dispuesto en el Título Del usufructo. (*)