LIBRO I - DE LAS PERSONAS DEL COMERCIO TITULO I - DE LOS COMERCIANTES CAPITULO I - DE LOS COMERCIANTES EN GENERAL Y DE LOS ACTOS DE COMERCIO
Artículo 5
Todos los que se dedican al comercio, una vez que tengan la calidad de
comerciantes, según la ley, están sujetos a la jurisdicción, reglamentos
y legislación comercial.
Los actos de los comerciantes se presumen siempre actos de comercio,
salvo la prueba contraria.