LIBRO II - DE LOS CONTRATOS DE COMERCIO TITULO XII - DE LA PRENDA
Artículo 747
La prenda confiere al acreedor el derecho de hacerse pago en la cosa dada
en prenda, con preferencia a los demás acreedores en caso de concurso,
con tal que medien las circunstancias requeridas en el título De la
graduación de acreedores.
(*)Notas:
CONCORDANCIA TEMATICA: Código Civil de 19/10/1994 artículo 2297.