SECCION II - DERECHOS, DEBERES Y GARANTIAS
CAPITULO II
Los padres tienen para con los hijos habidos fuera del matrimonio los
mismos deberes que respecto a los nacidos en él.
La maternidad, cualquiera sea la condición o estado de la mujer, tiene
derecho a la protección de la sociedad y a su asistencia en caso de
desamparo.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 80.Ayuda