ACTO INSTITUCIONAL Nº 6




Promulgación: 19/01/1977
Publicación: 03/02/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 103
Referencias a toda la norma

Artículo 5

Compete a la Dirección de la Oficina Nacional Electoral preparar el ante-
proyecto de depuración del Registro Cívico Nacional y de una mecánica del
voto ajustada a las exigencias de la realidad actual. Estos ante-
proyectos, con las modificaciones que estime pertinente efectuar la Corte
Electoral, serán elevados al Poder Ejecutivo a los efectos dispuestos por
el artículo 6º del Acto Institucional Nº 2. 
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