PRESUPUESTO DEL GOBIERNO DEPARTAMENTAL DE MALDONADO, A REGIR DESDE EL 1º DE ENERO DE 1968


Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado

CAPITULO 22. 

CONSERVACION DE PAVIMENTO.-

ART 132º) Créase una tasa anual por conservación de  pavimento de $ 0.25 por metro cuadrado, sobre los predios frentistas de fraccionamientos con pavimento y/o bituminosos, la que se pagará a partir del 5º año siguiente a la fecha de la recepción definitiva de las obras.- Los pavimentos que tengan más de cinco años de recibidos pagarán la presente tasa a partir del 1º de enero de 1968.-

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