Decreto Departamental de Maldonado N° 3190/967
PRESUPUESTO DEL GOBIERNO DEPARTAMENTAL DE MALDONADO, A REGIR DESDE EL 1º DE ENERO DE 1968
Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado
Artículo 63º) Establécese en $0.25 (veinticinco centésimos) la tasa por metro cuadrado sobre fraccionamiento de tierras y propiedades, por concepto de estudio de planos, exámen del terreno, verficación de la altimetría y planimetría y contralor de construcción de los pavimentos, establecida en el artículo 63º del Decreto Nº 3076 de fecha 1º de julio de 1960 la que se hará extensiva a todos los predios especificados en el mencionado artículo, con las siguientes excepciones:
a) Los predios comprendidos en el apartado (I) pagarán $0.50 (cincuenta centésimos) por metro cuadrado;
b)Los predios comprendidos en el apartado (V) pagarán $0.05 (cinco centésimos) por metro cuadrado;
(*)Notas:
Derogado/a por: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.297/974 de 04/10/1974 artículo 74.
Ayuda