MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL


Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado

Artículo 35º) Créase el servicio de limpieza de Baldíos y Veredas, en las ciudades y zonas residenciales del Departamento, que se cobrará a razón de $ 10 (diez pesos) el metro cuadrado. La tasa de este servicio estará sujeta a las variaciones que sufran las retribuciones personales de los funcionarios municipales y será actualizada anualmente por la Intendencia Municipal.-

(*)Notas:
Modificado/a por: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.403/979 de 26/10/1979 artículo 7.
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