Decreto Departamental de Maldonado N° 3265/972
MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DE DISPOSICIONES PRESUPUESTALES
Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado
Art. 59°) Establécese que la incorporación de vehículos de alquiler para las zonas (A) y (B) determinadas por la Ordenanza de Tránsito de fecha 1° de julio de 1952, será permitida solamente con vehículos de modelos posteriores a 1960 y 1965,respectivamente.
(*)Notas:
Derogado/a por: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.297/974 de 04/10/1974 artículo 21.
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