Decreto Departamental de Maldonado N° 3403/979
MODIFICA ORDENANZA DE SALUBRIDAD E HIGIENE
Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado
Art. 3º) Modifícanse los artículos 3º, 25º, 26º y 27º del Decreto Nº 3365 (Ordenanza de Desinsectización), de fecha 21/4/78, los que quedarán redactados de la siguiente forma:
"Art. 3º) Los que entorpezcan en cualquier forma la labor del servicio serán penados con multas de N$ 125,00 (nuevos pesos ciento veinticinco) la primera infracción; las reincidencias serán penadas con la duplicación acumulativa de la primera sanción.
(*)Notas:
Este artículo modifica a: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.365/978 de 28/04/1978 artículo 3.
Ayuda