EXONERACIÓN DEL PAGO DE IMPUESTO A LOS TERRENOS BALDÍOS, ÁREA PARQUIZADA Y FORESTADA


Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado

Art. 4º) El área máxima del predio que podrá ser exonerada será de 15.000 metros cuadrados.- 


(*)Notas:
Derogado/a por: Decreto Departamental de Maldonado Nº 4.080/023 de 08/08/2023 artículo 13.
Ayuda