ORDENANZA GENERAL DE CONSTRUCCIONES (TONE)


Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado

Art.163°) Area de subsuelo computable en FOT).- A los efectos del cómputo del FOT, no se incluirán las áreas edificadas en subsuelo destinadas a garages, circulaciones generales y servicios complementarios tales como: lavaderos, salas de juegos, depósitos, etc..

(*)Notas:
Modificado/a por:
      Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.876/010 de 06/07/2010 artículo 1,
      Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.853/009 de 27/10/2009 artículo 1.
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