ORDENANZA GENERAL DE CONSTRUCCIONES (TONE)


Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado

Art.210°) Subzona 3.1.1.-
a) Límites: Está definida por la poligonal:
Rambla Costanera C. Williman desde Biarritz hasta Pedragosa Sierra; Pedragosa Sierra desde Rambla C. Williman hasta Avda. Roosevelt;
Avda. Roosevelt desde Pedragosa Sierra hasta San Remo;
San Remo desde Avda. Roosevelt hasta Avda. Del Mar;
Avda. Del Mar desde San Remo hasta Rambla Lorenzo Batlle;
Rambla Lorenzo Batlle Pacheco desde Avda. Del Mar hasta Chiverta;
Chiverta desde Rambla Lorenzo Batlle Pacheco hasta Bvar. Artigas;
Bvar. Artigas desde Chiverta hasta calle Biarritz;
Calle Biarritz desde Bvar. Artigas hasta Costanera Claudio Williman.
Quedarán incluidos en esta subzona los predios frentistas a Avda.Roosevelt entre Pedragosa Sierra y San Remo.
b) Dimensiones mínimas de predios:
- Bloques altos : área 4000 m2. y frente 54 mts.
- Bloques medios: área 2000 m2. y frente 40 mts.
- Bloques bajos : área 1200 m2. y frente 30 mts.
- Conj. de unidades locativas aisladas o apareadas: 600 m2.por unidad o par.
c) Retiros mínimos: - frontales: - 10 mts. para bloques altos
- 8 mts. para bloques medios
- 6 mts. para bloques bajos
- 4 mts. para el resto
- bilaterales y de fondo: - 2/7 de la altura de los bloques altos
- 8 mts. en bloques medios y la suma del promedio de los laterales debe superar 20 mts..-
- 4 mts. en bloques bajos de los laterales y la suma del promedio de los laterales debe superar 10 mts..-
- 2 mts. en los restantes casos y la suma del promedio de los retiros laterales debe ser mayor a 6 mts.. El retiro de fondo debe ser mayor a 3 mts..-
d) Altura máxima: - 45 mts.los bloques altos
- 28 mts.los bloques medios (PB + 9 PA)
- 12 mts. los bloques bajos
- 7 mts. el resto (PB + PA)
e) Ocupación: Bloques: F.O.S. : 30%
F.O.S SS : 50%
F.O.S V : 60%
F.O.T. : bloques altos 510%.
bloques medios 300%.
bloques bajos 120%.
Unidades locativas aisladas o apareadas: Se rigen por la norma de ocupación de la zona 3.1 Barrio Jardín.-
En el subsuelo se podrá ocupar un 60% del área total siempre que el área que excede el contorno del edificio esté totalmente enterrada a una profundidad de por lo menos 60 cms. y su cubierta esté enjardinada respetando el FOS Verde y la Ordenanza de Forestación.
f) Salientes y cuerpos salientes: 1.50 mts.excepto en los bloques altos que pueden llegar a 2 mts..-

(*)Notas:
Modificado/a por: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.858/009 de 01/12/2009 artículo 1.
Literal h) modificado/a por: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.903/012 de 25/09/2012 artículo 2.
Literales f) y g) modificado/a por: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.902/012 de 25/09/2012 artículo 1.
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