ESTATUTO DE FUNCIONARIOS DE LA INTENDENCIA DE MALDONADO


Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado

Ver:
      Resolución Departamental de Maldonado Nº 09.420/008 de 30/10/2008,
      Resolución Departamental de Maldonado Nº 03.452/007 de 04/12/2007.
Artículo 26º) Los funcionarios contratados tendrán los mismos derechos que los presupuestados, con excepción de los que sean incompatibles con lo dispuesto en sus respectivos contratos. En especial no tendrán derecho a la carrera administrativa ni a los ascensos.
Los funcionarios contratados que computen 5 años de antigüedad ininterrumpida en la Intendencia, sólo podrán ser cesados por resolución fundada del Intendente Municipal, previo sumario y por falta grave, ineptitud, omisión o delito.

 

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