Decreto Departamental de Maldonado N° 3828/007
ESTATUTO DE FUNCIONARIOS DE LA INTENDENCIA DE MALDONADO
Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado
Ver:
Resolución Departamental de Maldonado Nº 09.420/008 de 30/10/2008,
Resolución Departamental de Maldonado Nº 03.452/007 de 04/12/2007.
Artículo 28º) No podrán imponerse a los funcionarios traslados que impliquen un cambio de localidad salvo que:
a.se trate de traslados resultantes de la naturaleza del cargo que se desempeña y en los cuales la función y el interés del servicio, impongan la necesidad del desplazamiento.
b.se trate de funcionarios que hubieren sido designados expresamente para ejercer sus funciones en cualquier lugar del Departamento.
c.Se trate de funcionarios que hubiesen aceptado el ascenso a un cargo cuyo ejercicio se deba desempeñar en una localidad diferente a la de su residencia.
Ayuda