Decreto Departamental de Maldonado N° 3828/007
ESTATUTO DE FUNCIONARIOS DE LA INTENDENCIA DE MALDONADO
Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado
Ver:
Resolución Departamental de Maldonado Nº 09.420/008 de 30/10/2008,
Resolución Departamental de Maldonado Nº 03.452/007 de 04/12/2007.
Artículo 35º) Estarán facultados para aplicar las sanciones previstas en el Artículo 33 los funcionarios que desempeñan los siguientes cargos:
a.Observación verbal: los superiores inmediatos
b.Apercibimiento por escrito: el Director General del Departamento o Secretario de la Junta Local correspondiente.
c.Suspención: el Intendente Municipal
d.Destitución; el Intendente Municipal, con la venia de la Junta Departamental.
(*)Notas:
Modificado/a por: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.843/008 de 06/10/2008 artículo 45.
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