Decreto Departamental de Maldonado N° 4036/021
PRESUPUESTO QUINQUENAL 2021-2025
Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado
Ver:
Resolución Departamental de Maldonado Nº 10.782/022 de 28/10/2022,
Resolución Departamental de Maldonado Nº 06.747/021 de 04/10/2021.
Artículo 104°) Autorízase al Ejecutivo Departamental a la constitución de un fideicomiso con la finalidad de realizar obras de infraestructuras viales y de desarrollo logístico. El capital social de la fiduciaria deberá ser en su totalidad propiedad del Estado o de personas públicas no estatales (artículo 33º, numeral 35º del TOCAF). Se podrán considerar como aportes a dicho fideicomiso, previo cumplimiento de los procedimientos pertinentes y sujeto a la efectiva disposición de fondos:
a) El producido de la enajenación de bienes inmuebles ociosos.
b) Recursos de inversiones comprometidas y no ejecutadas al cierre del respectivo ejercicio.
c) Partidas originadas en la mejora de la recaudación de tributos departamentales, respecto a la previsión anual presupuestal.
d) Partidas presupuestales previstas en el Grupo Inversiones.
También se autoriza al Ejecutivo Departamental, a suscribir Acuerdos de Cooperación para la Administración en la ejecución de las obras antes referidas, con el financiamiento establecido precedentemente.
(*)Notas:
Modificado/a por: Decreto Departamental de Maldonado Nº 4.036/021 de 15/07/2021 artículo 4036 (Decreto confirmatorio).
(Agrega inciso in fine) modificado/a por: Decreto Departamental de Maldonado Nº 4.081/023 de 22/08/2023 artículo 1.
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