PRESUPUESTO QUINQUENAL 2021-2025


Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado

Ver:
      Resolución Departamental de Maldonado Nº 10.782/022 de 28/10/2022,
      Resolución Departamental de Maldonado Nº 06.747/021 de 04/10/2021.
Artículo 58°) Modifícase el articulo 54º del Decreto Departamental N° 3622/1990 el que quedará redactado de la siguiente manera: “Cométese a la Dirección de Agrimensura y Catastro de la Intendencia Departamental la fijación del valor imponible de los inmuebles urbanos y suburbanos del Departamento, conforme a las reglas técnicas generalmente aceptadas y acordándole la facultad de definir diferenciales por zonas o por inmueble conforme a las fluctuaciones de los valores del mercado inmobiliario.

El valor imponible, fijado conforme a lo preceptuado en el inciso anterior, se ajustará anualmente de acuerdo a la variación del Índice General de Precios al Consumo (IPC) verificada entre el primero de diciembre o, en su caso, la fecha del acto administrativo que fije el valor imponible conforme al inciso anterior y el treinta de noviembre de cada año. La actualización prevista operará a partir del primero de enero del año siguiente.

El valor imponible se expresará en los documentos que expida la Dirección de Agrimensura y Catastro de la Intendencia Departamental para los interesados y se incorporará a toda documentación relacionada con el inmueble”.

(*)Notas:
Este artículo modifica a: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.622/990 de 21/09/1990 artículo 54.
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