MODIFICA EL ARTÍCULO 234º DEL DECRETO DEPARTAMENTAL Nº 3718/1997


Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado

Ver: Resolución Departamental de Maldonado Nº 06.135/021 de 14/09/2021.
Artículo Único: Sustitúyese el Artículo 234° del Decreto Departamental N° 3718/1997, en la redacción dada por el Artículo 2° del Decreto Departamental N° 3982/2017 y por el Artículo Único del Decreto Departamental N° 4006/2018, el que queda redactado de la siguiente manera:
"Artículo 234°) Zona 1.2. Costa.
a) Límites-, Comprende:
• En La Barra: los predios al Sur de la Ruta 10, en las manzanas 4, 9 a 22, 25 a 30, 32 a 38, 164 y 372;
• En Manantiales: las manzanas 1 a 16 inclusive, excepto los predios incluidos en la zona 1.3.
a.1) Subzona 1.2.1 Residencial.
Comprende las manzanas 10, 11, 14, 19, 20. 28, 29 y 33 y los frentistas a la calle Salvador Pallas en la acera Norte entre las calles Los Destinos y Las Espumas.
a.2) Subzona 1.2.2 Resto.
Resto de los padrones de la Zona.
b) Tipos de edificación.
Sólo se permitirá la construcción de Bloques en la Subzona 1.2.2 Resto.
En Subzona 1.2.1 Residencial podrán construirse unidades locativas aisladas o apareadas.
c) Dimensiones mínimas de los predios:
- Bloque Bajo Área 1200 m2 y frente 30 m.
d) Retiros mínimos:
- Frontales: 4m.
- Frontales sobre Ruta 10 y predios fiscales: 6m.
Se podrán construir terrazas en P.B. con pérgolas o toldos en un 75% del área de retiro frontal. Se podrá construir un muro frontal en el límite del predio con una altura promedio de 1m y altura máxima de 1,30m.
e) Altura máxima: 7m (P.B. + P.A.).
f) Ocupación:
F.O.S.: 40%
F.O.S. S.S.: 40%
F.O.S. V.: 20%
F.O.T.: 70%
g) Salientes y cuerpos salientes: 1,50m sobre retiro frontal.
h) La subzona 1.2.1 Residencial se define como "Área Protegida" en los términos del Decreto 3910/2012.
Forman parte integrante de esta disposición los archivos anexados en Actuación 1 del E.E. N° 2018-88-01-19461".
Siga al Ejecutivo a sus efectos. Declárase urgente.

(*)Notas:
Este artículo modifica a: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.718/997 de 23/12/1997 artículo 234.

José Luis Sánchez
Presidente

Susana Hualde
Secretaria General
Ayuda