Decreto Departamental de Maldonado N° 4081/023
MODIFICA DECRETO DEPARTAMENTAL 4036/2021
Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado
Artículo 1º. Incorpórase al Artículo 104º del Decreto Departamental Nº 4036/2021 el siguiente inciso:
“Asimismo, autorízase la constitución del fideicomiso referido en el presente artículo, cediendo al mismo los derechos de crédito derivados del cobro que tenga la Intendencia, correspondiente a su calidad de beneficiario bajo el Fideicomiso SUCIVE, y/o los derechos de crédito derivados de la cobranza de impuestos, tasas, precios y contribuciones y otros ingresos públicos departamentales, recaudados a través de Agentes Recaudadores de cobranza descentralizada, en cantidad suficiente para el repago de hasta USD 45:500.000 (dólares estadounidenses cuarenta y cinco millones quinientos mil), o su equivalente en unidades indexadas o pesos uruguayos, con más sus intereses, gastos y costos del fideicomiso, con plazo de hasta 20 años. El Fideicomiso que se constituya podrá realizar sucesivas emisiones de deuda”.
(*)Notas:
Este artículo modifica a: Decreto Departamental de Maldonado Nº 4.036/021 de 15/07/2021 artículo 104 (Agrega inciso in fine).
Artículo 2º. El Intendente destinará el producido por la emisión que realizará el Fideicomiso referido en el artículo anterior, deducidos los gastos y costos de emisión, según el siguiente detalle:
A) Hasta USD 32:500.000 (dólares estadounidenses treinta y dos millones quinientos mil) para la adquisición de bienes y servicios y la ejecución de obras de Movilidad Urbana/Viales/Arquitectura/Paisajismo/Iluminación, incluyendo las intervenciones en:
i) Nuevo corredor vial local para tránsito pesado al sur de ruta 9, que incluye la construcción de puente sobre Arroyo San Carlos, construcción de accesos y mejora de la caminería adyacente; recuperación de Puentes sobre Arroyo Maldonado (La Barra).
ii) Reconstrucción del Camino de Los Ceibos y repavimentación parcial de la Ruta 39.
iii) Construcción de Rotonda en la intersección de Avda. Aparicio Saravia y calle Paso de la Cadena y acondicionamiento de calle Paso de la Cadena en toda su extensión.
iv) Reconstrucción de Avda. Leandro Gómez en toda su extensión y acondicionamiento parcial de Camino Lussich.
v) Recuperación y mejoras edilicias de las Estaciones de AFE de San Carlos, Garzón, José Ignacio y Solís. Construcción de Parques lineales y equipamiento en el entorno de las Estaciones de AFE de San Carlos y Garzón.
vi) Revitalización del centro y puesta en valor del casco urbano de la ciudad de Maldonado (incluye adquisición de inmuebles con destino a estacionamiento público).
B) Hasta USD 11:000.000 (dólares estadounidenses once millones) para la realización de obras y la adquisición de bienes y servicios con destino a iluminación, veredas y pavimentación.
C) Hasta USD 2:000.000 (dólares estadounidenses dos millones) con destino a la adquisición de inmuebles para la regularización de los Barrios Maldonado Nuevo y San Antonio. El Intendente podrá ajustar las descripciones de las obras y reprogramar los montos exclusivamente entre las contrataciones antes referidas, teniendo en cuenta el resultado de los procesos competitivos y el orden de prioridad de los proyectos a ejecutar, realizándose las correspondientes trasposiciones, dándose cuenta a la Junta Departamental.
Asimismo, el Intendente podrá sustituir cualquiera de las obras de la nómina antes referida por otras previstas presupuestalmente, sin que ello pueda importar superar el monto de la emisión destinado a obras deducidos los gastos y costos de la misma.
Siga al Ejecutivo Departamental a todos sus efectos.
Darwin Correa
Presidente
Susana Hualde
Secretaria General
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