VIALIDAD Y OBRAS PUBLICAS




Promulgación: 24/04/1942
Publicación: 06/05/1942
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1942
  •    Página: 386

Artículo 2

   La Dirección de Vialidad programará las obras y estudios complementarios de tal manera que aquel camino pueda quedar librado al tránsito público en forma definitiva a los tres años de firmado este decreto-ley.
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