OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO




Promulgación: 29/04/1942
Publicación: 13/05/1942
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1942
  •    Página: 407

I
Del subsidio de amparo

Artículo 5

   Los interesados que reclamen y acepten el subsidio de amparo sin encontrarse en las condiciones determinadas en el artículo 1.º, no tendrán derecho a acogerse al régimen de crédito extraordinario que organiza el capítulo siguiente, sin perjuicio de la restitución del beneficio indebido.
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