Ver: Decreto Ley Nº 14.659 de 07/06/1977 artículo 1 (supresión de la Caja
Nacional de Ahorro Postal).
Artículo 22-BIS
La Institución podrá realizar servicios complementarios, tales como locación de cajas de seguridad, guarda y administración de valores de terceros, administración de propiedades, etc. (*)
(*)Notas:
Agregado/s por: Ley Nº 12.417 de 08/10/1957 artículo 2.