Ver: Decreto Ley Nº 14.659 de 07/06/1977 artículo 1 (supresión de la Caja
Nacional de Ahorro Postal).
CAPITULO 11.
Disposiciones generales
Artículo 23
La Caja remitirá anualmente al Poder Ejecutivo, una memoria
circunstanciada del movimiento habido, y demás datos, que hagan conocer
el verdadero estado de la institución.