Ver: Decreto Ley Nº 14.659 de 07/06/1977 artículo 1 (supresión de la Caja
Nacional de Ahorro Postal).
CAPITULO 3º
Administración. Personal. Presupuesto
Artículo 8
El Directorio nombrará directamente al personal de la Caja, que deberá estar compuesto de ciudadanos naturales o legales. Podrá, igualmente
suspender, remover y destituir a los empleados. Esto último con el voto conforme de cuatro miembros del Directorio.