Créase un nuevo Juzgado de Instrucción para el Departamento de
Montevideo, con la denominación de "Juzgado Letrado de 4º Turno", con las mismas facultades y prerrogativas establecidas en las leyes números 2.435, 3.055 y 10.107, de 27 de Mayo de 1896, 9 de Julio de 1906 y 26 de Diciembre de 1941, para los que actualmente funcionan.