Declárase que:
A) Los retiros jubilatorios constituyen uno de los fundamentos básicos de
la tranquilidad social de la nación y que atento a ello, quienes están
a su respecto vinculados por la vía contributiva o por la beneficiaria
-empleadores y empleados- han sido comprometidos, en provecho del bien
común, a cumplirlos tal como la ley los estructura y de acuerdo con la
más absoluta lealtad.
B) Los afiliados que disfrutan pasividades en mérito del reconocimiento de
antigüedades por las que todavía deben satisfacer reintegros están
obligados, en interés del sostenimiento de las reservas jubilatorias, a
contribuir a la formación del capital común que les permite gozar la
renta del retiro acelerando, en una medida social adecuada, la
cancelación de la deuda formada para aquel fin.
C) Existe también un interés fundamental en que la Caja realice
efectivamente el importe de los créditos generados a su favor y a cargo
de las empresas afectadas, para cuya finalidad es de conveniencia
establecer oportunas normas de convenio, que armonicen la necesidad
fiscal de recaudar, con las modalidades propias que caracterizan la
índole mercantil de sus contribuyentes.