(Asesoramiento). A los efectos de esta ley el Poder Ejecutivo
estará asesorado por una Unidad Asesora que dependerá del Ministerio de
Industria y Comercio, integrada por tres miembros de reconocida solvencia
en la materia, que serán contratados por el término de dos años. Este contrato podrá ser renovado. (*)