Deróganse los artículos 513 y 514 del Texto Ordenado-Ley N° 14.100, de
29 de diciembre de 1972 y el artículo 525 de la Ley N° 14.189, de 30 de
abril de 1974, en lo referente a combustibles. (*)
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 789/974 de 10/10/1974.