LIQUIDACION DEL IVA A LOS COMBUSTIBLES Y DERIVADOS DEL PETROLEO. DEDUCCIONES




Promulgación: 10/10/1974
Publicación: 21/10/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.252 de 22/08/1974 artículos 362, 
363, 364, 365, 366 y 367.
Reglaméntase los artículos 362 a 367 de la Ley Nº 14.252 de 22 de agosto de 1974 referente a la forma en que los contribuyentes deben liquidar el Impuesto al Valor Agregado a los combustibles y derivados del petróleo, disponiendo que a partir del 9 de setiembre de 1974 los contribuyentes de IVA no podrán deducir el correspondiente a las compras de dichos
productos.

Artículo 1



		
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