CONVOCATORIA DE LOS SUPLENTES DEL CONSEJO DE ESTADO




Promulgación: 27/08/1974
Publicación: 03/09/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 596

Artículo 1

  Los suplentes del Consejo de Estado serán convocados en el orden 
preferencial de su colocación en la lista respectiva. 
  Los suplentes no sustituyen a los titulares en las funciones 
correspondientes a los cargos específicos que desempeñan en el Cuerpo. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.

BORDABERRY - Coronel HUGO LINARES BRUM

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