FUNCIONARIOS MILITARES. REPARACION A LOS CAUSAHABIENTES DE LOS MILITARES CAIDOS EN LA LUCHA ANTISUBVERSIVA




Promulgación: 09/09/1974
Publicación: 16/09/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 706
Referencias a toda la norma

Artículo 1

(*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Ley Nº 14.106 de 14/03/1973 artículo 
115.

Artículo 2

(Disposición transitoria).- Los montos fijados por la presente ley
alcanzarán a todos aquellos casos que a la fecha de vigencia de la misma, 
se encuentren pendientes de resolución administrativa, así como a aquellos 
respecto de los cuales no se ha formalizado la solicitud correspondiente, y cualquiera haya sido el momento en que se produjo el hecho que diere lugar a la referida prestación.

Artículo 3

Comuníquese, etc.


BORDABERRY - WALTER RAVENNA - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS

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