DECLARACION DE INTERES PUBLICO EL DESARROLLO DEL TURISMO. LEY DE TURISMO




Promulgación: 23/12/1974
Publicación: 02/01/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 1734
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 3

   Al Estado corresponde la orientación, el estímulo, la promoción, la 
reglamentación, la investigación y el control del turismo y de las 
actividades y servicios directamente conectados al mismo. 
  La prestación, explotación y el desarrollo de actividades y servicios 
calificados como turísticos corresponden a la actividad privada. No 
obstante, el Estado, por razones de orden público, o cuando considere 
necesaria la explotación de actividades y servicios turísticos que los 
particulares no quieran o no puedan asumir, la tomará a su cargo. 

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 10/01/1975.
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