Decreto Ley N° 14343
APROBACION DE NORMAS REFERENTES A EMBARCACIONES NACIONALES O EXTANJERAS HUNDIDAS, SEMIHUNDIDAS O VARADAS
Promulgación: 21/03/1975
Publicación: 09/04/1975
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 1
- Año: 1975
- Página: 566
CAPITULO IV - ABANDONO
Artículo 17
Los procedimientos relacionados con el abandono de embarcaciones al
Estado, son de competencia de la Prefectura Nacional Naval.
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