AUTORIZACION PARA REALIZAR TODO TIPO DE OPERACIONES DE FINANCIACION DE INVERSIONES DE DESARROLLO, POR PARTE DE EMPRESAS FINANCIERAS PUBLICAS Y PRIVADAS
Las operaciones de financiación para inversiones de desarrollo, en moneda
nacional, con plazos de vencimiento mayores de dos años podrán ser
reajustadas de acuerdo a las normas que dicte el Poder Ejecutivo previo
asesoramiento del Banco Central del Uruguay.