MODIFICACION DEL ART. 9º DE LA LEY 12.070 (FUERZA AEREA MILITAR)




Promulgación: 20/12/1976
Publicación: 28/12/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 1461

Artículo 2

Los ascensos que deban otorgarse por aplicación del artículo anterior se
harán con fecha 1º de febrero de 1976, y no causarán erogación alguna por
concepto de retroactividad.
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